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Carta al Director: Reavalúo de bienes raíces no agrícolas

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|13 de mayo de 2022|3 minutos de lecturaAgregar El Vicuñense
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En abril los contribuyentes recibieron los nuevos reavalúos de sus propiedades y tienen un plazo de 30 días para reclamar por la tasación. Este proceso es cada 4 años y hasta el 1º de julio del 2022.

Para realizar el reclamo, cada contribuyente debe buscar un abogado para efectuar la demanda respectiva ante el Tribunal Tributario y Aduanero, correspondiente a su región. Demás esta decir que la División de Avaluación del Servicio de Impuestos Internos, reajusta las contribuciones cada semestre, tomando el I.P.C. del semestre anterior. Esto lo pueden verificar al examinar los valores a pagar en cada semestre.

Este nuevo reavalúo tiene una nueva base que se basa, valga la redundancia, en el precio de compraventa de terrenos o casas actualizados del mercado inmobiliario.

Ahora, ¿Cómo llegan a determinar esta nueva base? Para su información, hay tres tipos de tasación: Comercial (la habitual que usamos), la de Liquidez (bancaria) y la Especulativa. Esta última es el sobre-precio que pagan las empresas inmobiliarias por el “punto” (lugar específico), donde van a desarrollar sus proyectos como malls, edificios, cadenas de locales, etc; “punto” ubicado en arterias, avenidas y lugares atractivos, etc.

Ustedes saben que una ciudad se rige por el Plano Regulador y es la Dirección de Obras Municipal la que resguarda las normativas para construir; y con ello define sectores comerciales, conjuntos habitacionales, industriales, etc. La División de Avaluación del Servicio de Impuestos Internos, no se rige por estas normativas pues ellos tienen su propia planificación que denominan “Áreas Homogéneas”; y dentro de estas áreas hay conjuntos habitacionales, comercio, edificios, malls, etc. Por lo que para esta División todo lo que encierra cada Área Homogénea tiene un solo valor de terreno (T) que es la base que ellos buscan y no lo construido (C) porque la construcción tiene un valor de depreciación por años de antigüedad.

Por tanto, estimo que la base comercial que ellos utilizan es el precio de compraventa de la propiedad adquirida especulativamente por las empresas inmobiliarias.

De este precio de terreno (T), la División de Avaluación del S.I.I. tiene como base el 40% de él.

Entonces, se da algunas veces, que el nuevo avalúo es mayor que el precio comercial de su propiedad. Yo los demandé y les gané en un juicio ante el Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago.

Estos temas están incluidos en mi libro “Ideas prácticas para la Nueva Constitución Política de Chile e Hispanoamérica; libro que fue entregado en forma gratuita a los 155 Constituyentes, a los 16 Gobernadores y a todas las Municipalidades del país.

 Carlos Covarrubias Carmona, Vicuña

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